11 de julio de 2022
Subcontratación del transporte. Tema: Aduanero. Descriptores: Transporte multimodal. Fuentes formales: Arts. 3, 450 y 453 del Decreto 1165 de 2019
“La Dian explicó que “el operador de transporte multimodal puede subcontratar una empresa transportadora, para que en el marco de un procedimiento de continuación de viaje ejecute una parte del transporte hasta el destino final de la mercancía, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 453 del Decreto 1165 de 2019”. Ahora bien, “en una operación de transporte multimodal existe un solo contrato de transporte y un operador que responde por su ejecución desde el país de origen hasta el destino final en el país de destino”.
Tomado de: Artículo20
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