Derecho

22 de marzo de 2024

Respuesta de la CCI a propuesta de Mintransporte de modificar Conpes de Metro de Bogotá

Según Juan Martín Caicedo Ferrer, la Nación tiene la obligación de pagar el 70% del valor total de la obra, por compromisos previos. 

Por medio de un mensaje, publicado en su cuenta de la red social X, Juan Martín Caicedo Ferrer, presidente de la Cámara Colombiana de Infraestructura (CCI), reaccionó a la propuesta del ministro de Transporte, William Camargo, de modificar el Conpes para el Metro de Bogotá.  

“Podría sugerir, en el evento de que el proyecto empiece a tener retrasos, como lo hemos evidenciado, una modificación de Conpes”, aseguró el ministro Camargo, situación que prendió las alarmas.

Al respecto, el presidente de la CCI la inconveniencia de esta propuesta y recordó que “la Nación debe pagar -vía vigencias futuras- el 70% del valor total de la obra, compromiso que por ley le corresponde”.

El ministro de Transporte planteó la posibilidad de condicionar la entrega de vigencias futuras correspondientes al Metro de Bogotá si la ejecución del proyecto muestra eventuales retrasos. Incluso señaló que, para tal fin, podría modificar el respectivo Conpes. Para tranquilidad del ministro, hay que dejar claro que en el contrato de concesión, hoy vigente del Metro, está estipulado, justamente, hacer los pagos de acuerdo al avance de la obra. Si la obra evidencia retrasos, no se hacen los respectivos desembolsos, como lo contempla el referido contrato. Los recursos para hacer los pagos contra avance de obra, provienen de diferentes actores del sector financiero, como banca multilateral (BID, Banco Europeo de Inversiones y el BIRF) además de ahorradores en general. Todos ellos apostaron y creyeron en el metro que hoy por hoy se ejecuta en la capital”, dice el mensaje de Caicedo Ferrer.

Agregó que a la Nación le corresponde pagar el 70% de la obra y que “es allí, donde el actual gobierno no puede dejar de honrar esa obligación soberana que, valga recordar, va hasta el 2048. Así, es claro que el avance de la obra en nada depende del desembolso de vigencias futuras. Y, finalmente, si hay retrasos en el frente de obra, existen contractualmente mecanismos sancionatorios como multas para el concesionario, por ejemplo”, concluyó.

Tomado de Portafolio

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