30 de junio de 2015
Resolucion 1918 de 23 de junio de 2015/ Ministerio de Transporte
Mediante la misma se establecen condiciones para el transporte de petroquimicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones fluviales tipo Bote tanque, Embarcaciones Autopropulsadas y artefactos Fluviales por las vías fluviales en todo el territorio nacional, teniendo por objeto, establecer la condición de doble casco para la matricula y la renovación de la patente de navegaciones de estas embarcaciones. Por otro lado define conceptos tales como: bote tanque, bote tanque con doble casco, artefacto fluvial y embarcación autopropulsada.
Fotografía: http://www.odebrechtonline.com.br/