Derecho

20 de noviembre de 2019

El Gobierno Nacional manifiesta su apoyo a Proyecto de Ley que pretende regular plataformas como Uber

La ministra de Transporte Ángela María Orozco anunció ayer que el Gobierno Nacional apoya un proyecto de ley presentado por dos representantes a la Cámara para que se reglamente la operación de plataformas tecnológicas de transporte, como Uber, dentro de los medios de transporte público legales y oficiales del país. Dicho proyecto es el No. 292 de 2019 Cámara, que tiene por objeto “regular el servicio privado de transporte intermediado por plataformas digitales”. En el mismo se pretende modificar la definición de servicio privado de transporte consagrada en el artículo 5° del Estatuto Nacional del Transporte -Ley 336 de 1996-, eliminando la exigencia de que el mismo se efectué a través de vehículos vinculados a una empresa de transporte cuando no se cuente con vehículos propios. Del mismo modo, busca limitar el concepto de prestación del servicio privado de transporte, restringiéndolo exclusivamente a aquel que se presta a través de la intermediación de plataformas digitales.

Así mismo, en su artículo tercero establece las definiciones referidas al Operador de plataforma de intermediación para la movilidad (OPIM), las Plataformas de Intermediación para la Movilidad (PIM), el Usuario Conductor, y el Vehículo asociado a PIM. Proponiéndose también la creación de un Registro Único Nacional del Servicio Privado de Transporte Intermediado (RUNSPTI) en el que se deban inscribir cada el vehículo y los sujetos involucrados, para libre consulta de la ciudadanía y las autoridades.

Adicionalmente, se establecen como obligaciones a cargo de los Operadores (OPIM): constituir en Colombia una persona jurídica o sucursal de sociedad extranjera que pueda ser responsable de las obligaciones y derechos que les son conferidos; disponer de al menos una sede física en territorio colombianos con mecanismos de atención de PQRs; recibir el pago de las tarifas que hagan los pasajeros y constituir sobre ellas ingreso gravable; entre otras.

De ser aprobada, la ley exigiría a las Plataformas de Intermediación de la Movilidad (PIM) contratar, bajos su cargo y costo, pólizas de seguros destinadas a cubrir a los Usuarios Conductores, los Vehículos asociados a PIM, a los pasajeros y a terceros contra riesgos relacionados a la actividad.

Consulte el texto del Proyecto de Ley No. 292 de 2019 aquí