Derecho

4 de septiembre de 2020

Opinión del Departamento de Derecho del Transporte e Infraestructura del Transporte sobre el préstamo a Avianca

La interpretación según la cual el no otorgarle el crédito a Avianca afectaría la conectividad aérea del país es totalmente equivocada.

Avianca, no es una empresa nacional, es una compañía extranjera que opera en Colombia, y que tenía serios problemas financieros antes de la pandemia, que la llevaron a solicitar protección legal bajo el Capítulo 11 de la Ley de Quiebras de los Estados Unidos.

Rescatarla con dineros públicos no resulta lógico ni coherente con la situación fiscal del país, si Avianca sale del mercado, porque el Gobierno Colombiano no le otorga el crédito de U.S. $ 350 “, lo cual es igualmente un supuesto equivocado, no se afectaría el transporte aéreo del país, lo estaría cubriendo las demás compañías que operan en Colombia, como es el caso de LATAM, que también se acogió al Capítulo 11, pero a diferencia de Avianca ya obtuvo la autorización definitiva de la Corte para reorganizarse, igualmente están en el mercado, Viva Colombia, Easy Fly y Satena, que estarían encantadas de operar muchas de las rutas troncales que Avianca ha monopolizado por años, bajo la protección del Estado Colombiano.

Manuel Guillermo Sarmiento Garcia.
Director del Departamento de Derecho del Transporte e Infraestructura del Transporte.