Derecho

9 de junio de 2021

Ministerio de Transporte recuerda a las entidades públicas y a las empresas privadas el deber de contratar servicios de transporte con empresas habilitadas

“A través de la circular   20214000545151 de 2021, publicada en la página web: https://www.mintransporte.gov.co/documentos/11/circulares/ el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte hicieron un llamado a las entidades públicas y empresas privadas para que verifiquen el estado de legalidad de las empresas que contratan para el transporte de su personal.”

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“Empresas públicas o privadas que requieran contratar transporte para su personal deben dar cumplimiento a la Ley 336 de 1996, que regula este tipo de actividades, en el sentido de revisar que la empresa a contratar cuente con habilitación y se encuentre vigente. No deben contratar servicios de transporte con empresas no habilitadas o vehículos no autorizados.

En caso de comprobarse alguna infracción en los procesos de contratación, los contratantes que adquirieron el servicio podrían ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes por cada irregularidad encontrada.”

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Tomado de: Mintransporte.