12 de marzo de 2015
Decreto 248 del 13 de febrero de 2015/ Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
A través de la misma se reglamentan los requisitos y el procedimiento para acceder al beneficio de exclusión de IVA, en la reposición de vehículos de transporte terrestre automotor de pasajeros. Este procedimiento demanda el desarrollo de una funcionalidad por parte del Ministerio de Transporte, para lo cual se le ha concedido un plazo de 6 meses, vencido los cuales empezará a correr el término de cuatro (4) años de vigencia del beneficio determinado por el numeral 11 del artículo 424 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 38 de la Ley 1607 de 2012. Cabe destacar que a dicho beneficio, solo podrán acceder por una sola vez, los propietarios de hasta tres vehículos.
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