Derecho

19 de marzo de 2021

Lineamientos de política de riesgo contractual del estado para proyectos de infraestructura en vías fluviales y canales navegables con participación privada

El Gobierno nacional, con el propósito de mejorar las condiciones de competitividad nacional mediante la eficiencia en tiempos y costos logísticos, ha realizado esfuerzos para potenciar la intermodalidad o integración y articulación de los modos logísticos nacionales.

Desde la introducción del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública en 1993, el sector privado ha sido un actor indispensable para el desarrollo de la infraestructura mediante la estructuración y ejecución de proyectos de concesiones viales y en la participación del sector energético principalmente. Sin embargo, para la infraestructura en vías fluviales o hidrovías y canales navegables, la normativa vigente no cuenta con lineamientos actualizados para la asignación de riesgos que se ajusten específicamente a las necesidades de este modo de transporte, razón por la cual resulta indispensable el desarrollo de lineamientos de política de riesgo contractual del Estado para este tipo de proyectos.

En virtud de lo anterior, el presente documento en cumplimiento de lo establecido en los artículos 2.4.1.11. y 2.4.1.12 del Decreto 1068 de 2015, somete a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES) los lineamientos de Política de Manejo del Riesgo Contractual del Estado, que deben seguir las entidades estatales para la estructuración de proyectos de transporte en vías fluviales y canales navegables en el país, sustituyendo los lineamientos en esta materia establecidos con anterioridad en los Documentos CONPES 3107 de 2013 , 3133 de 20014 , y 3758 de 20135 . Los lineamientos establecidos en este documento deben ser aplicados en adelante atendiendo a las buenas prácticas de la estructuración, contratación y seguimiento contractual de proyectos.

 

Ver CONPES 4028